El sábado pasado, la sala político-administrativa del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) publicó dos sentencias en las que declaró inadmisible las demandas presentadas en julio por distintas universidades del país en contra del instructivo de la Oficina Nacional de Presupuesto (Onapre).
En la misma, impusieron multas hacia la Universidad de Los Andes (ULA), la Universidad Pedagógica Experimental Libertador (UPEL) y hacia las rectoras Jessy Divo de Romer, de la Universidad de Carabobo, Cecilia Arocha de la Universidad Central de Venezuela, Milena Bravo, de la Universidad de Oriente y Rita Elena Añez de la Unexpo.
Esta multa implica el pago de cada una de las accionantes y a los consultores jurídicos de las casas de estudio “cincuenta (50) veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor establecido por el Banco Central de Venezuela”.
Al respecto, Jessy Divo de Romero informó que “a partir de este fallo existirá un temor o amedrentamiento contra cualquier persona que intente una acción ante esa instancia, impidiéndole ejercer su sagrado derecho a una tutela judicial efectiva y, en consecuencia, a su derecho legítimo de la defensa”.
Sostuvo también que esto expone y somete a multas a quienes acudan a los Tribunales de la República por solo buscar justicia y el respeto a la Ley”.
La UC mantiene que los trabajadores de la administración pública y los universitarios activos o jubilados tienen derecho a un salario digno y justo, que la implementación de dicho instructivo “lesiona” los derechos laborales y rebaja los beneficios conquistados a lo largo de la historia.
Antecedentes
Todos estos hechos han sido suscitados después que se consignara un recurso de nulidad contra el Instructivo denominado “Proceso de Ajuste del Sistema de Remuneración de la Administración Pública, Convenciones Colectivas, Tablas Especiales y Empresas Estratégicas”, conjuntamente con amparo cautelar por las autoridades rectorales y sus representantes legales al TSJ en junio.
Dos meses después, determinaron que el instructivo Onapre era una “figura inexistente”, a pesar de imponerlo obligatoriamente desde marzo de 2022. Los trabajadores desde entonces han denunciado las violaciones flagrantes a las garantías y beneficios reconocidos por el Estado en el año 2021, mediante la IV Convención Colectiva del Sector Universitario.
Divo informó finalmente que las universidades no han recibido notificaciones de esta sentencia.




